El redimensionamiento de la función judicial en los Estados democráticos de Derecho y la discrecionalidad que conlleva la actividad jurisdiccional, hace que los jueces, y demás aplicadores del Derecho, no sólo deban respetar el principio de legalidad, sino que sus decisiones deben estar motivadas. A las razones de tipo general que plantea la aplicación del derecho (indeterminaciones lingüÃsticas, lagunas, valoración de los hechos, etc.), se añade la constitucionalización de los ordenamientos jurÃdicos, asà como la función que desarrollan algunos tribunales en la medida en que deciden cuestiones con alcance erga ommnes.
La obligación de motivar las sentencias es una obligación constitucional, de alcance especialmente importante al formar parte del derecho a la tutela judicial efectiva; pero además es un elemento constitutivo de la aplicación del Derecho en un Estado Democrático. De aquÃ, la relevancia creciente que las teorÃas de la argumentación jurÃdica han adquirido en las últimas décadas.
La teorÃa de la argumentación jurÃdica, tiene, entre otros, los siguientes objetivos. De un lado, elaborar los instrumentos conceptuales necesarios para el análisis de la argumentación jurÃdica, buena parte de los cuales proviene del terreno filosófico. De otro, el examen de los argumentos que de hecho emplean los jueces en la justificación de sus decisiones, de cara a una posterior evaluación. Y por último, elaborar criterior formativos para la correcta justificación de las decisiones judiciales, tanto desde el punto de vista de la justificación formal como de contenido, y tanto de la vertiente fáctica como de normativa.
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